Corte de Apelación confirma condena contra Telemicro, Aster y Viva por más de US$30 millones
De : Manuel A. Khoury / Bonches Latinos Media
La decisión ratifica el pago de US$30,060,145.08 y RD$11,344,441.94 a favor de Phoenix Tower Dominicana y Teletorres del Caribe, por obligaciones relacionadas con el arrendamiento de espacios para infraestructuras de telecomunicaciones.
Santo Domingo.– La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de la Corte de Apelación del Departamento Judicial de Santo Domingo confirmó una sentencia contra Corporación de Televisión y Microonda Rafa, S.A. —Telemicro—, Tecnología de la Comunicación Satelital Moderna, S.A. —Aster— y Trilogy Dominicana, S.A. —Viva—, por una deuda vinculada al arrendamiento de sitios para torres de telecomunicaciones.
Mediante la sentencia civil núm. 1500-2026-SSEN-00249, correspondiente al expediente núm. 2024-0014115, el tribunal rechazó el recurso de apelación presentado por Telemicro y confirmó en todas sus partes la decisión núm. 1289-2024-SSENT-00187, emitida el 27 de noviembre de 2024 por la Quinta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo.
La sentencia ratificada ordena a las empresas pagar a Phoenix Tower Dominicana, S.A.S., y Teletorres del Caribe, S.A.S., la suma de US$30,060,145.08, o su equivalente en pesos dominicanos conforme a la tasa oficial vigente al momento del pago, además de RD$11,344,441.94.
De acuerdo con el documento judicial, las obligaciones se originaron en contratos de arrendamiento de sitios suscritos en septiembre de 2015 y marzo de 2016. El expediente hace referencia a facturas vencidas y no pagadas por concepto de alquiler de espacios, energía eléctrica y otros servicios complementarios relacionados con infraestructuras de telecomunicaciones.
El fallo también mantiene la aplicación de un interés judicial indemnizatorio de 1.5 % mensual sobre las cantidades adeudadas, calculado desde la fecha de presentación de la demanda hasta la ejecución de la decisión. Asimismo, confirmó la validez del embargo retentivo dispuesto para garantizar el cobro de los montos reconocidos judicialmente.
La Corte determinó que la sentencia de primer grado fue emitida luego de una correcta valoración de las pruebas documentales y una adecuada aplicación de las disposiciones legales relacionadas con las obligaciones contractuales y el cobro de la deuda. En consecuencia, rechazó la apelación y condenó a Telemicro al pago de las costas del procedimiento de segundo grado.
Aunque distintas publicaciones en redes sociales han presentado el caso como una condena personal contra el empresario Juan Ramón Gómez Díaz, la documentación judicial consultada identifica formalmente como partes condenadas a Telemicro, Aster y Trilogy Dominicana —Viva—, no al empresario en su condición de persona física. Por esta razón, la decisión debe comunicarse como una condena contra las sociedades comerciales mencionadas.

